Prensa MinComercio (02-02-2010).- Este martes fue publicada en Gaceta Oficial número 39.358, la reforma parcial de la Ley para la Defensa de las Personas en el Acceso a los Bienes y Servicios, la cual faculta al Ejecutivo Nacional a iniciar procedimientos de expropiación cuando se hayan cometido ilícitos económicos y administrativos de acuerdo a lo establecido en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela.
La directora nacional de Inspección y Fiscalización del Indepabis, Valentina Querales aseguró que con esta reforma se amplia el rango de protección a las usuarias y los usuarios de bienes y servicios, sancionando el alza indebida de precios, acaparamiento y boicot de productos o servicios sean declarados o no de primera necesidad.
Este instrumento legal incorpora, en su artículo 6, la declaratoria de utilidad pública e interés social de todos los bienes necesarios para desarrollar las actividades de producción, fabricación, importación, acopio, transporte, distribución y comercialización de bienes y servicios.
Estas declaraciones fueron ofrecidas por Querales durante una jornada de fiscalización realizada en la parroquia El Valle, en la cual se aplicó medida de cierre temporal al supermercado El Dorado, donde se detectó especulación y usura.
Al respecto, la funcionaria del Indepabis afirmó que el organismo será implacable y aplicará severas sanciones contra los especuladores.
Elizabeth Tabares

















